Page 32 - Riegos El Progreso
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 y avenamientos, que, discorrentes (sic) por los azarbes de La Reina, Enmedio, Acierto, Abanilla, Pineda y Convenio, desembocan en el río Segura, en el término de San Fulgencio...”. El capítulo segundo trataba del capital social pero no mencionaba todavía la ampliación de capital del  de septiembre de 90, por lo que se hacía referencia a las 0 acciones de 906 y al capital social de .0 pesetas y a las dos mensualidades impagadas por las que un socio perdía su condición como tal. El capítulo III precisaba los derechos y obligaciones de los socios y, entre estas últimas, el desempeño obligatorio de cargos bien en la Junta de Gobierno bien en las Comisiones que se pudieran crear. El capítulo IV definía los órganos de gobierno, es decir, las Juntas Generales de accionistas ordinarias y extraordinarias y la Junta de Gobierno formada por el Presidente, Vicepresidente, Deposi- tario, Interventor, Secretario, Vice- secretario y cinco Vocales. Los capítulos V al XIII trataban de la Junta Directiva o de Gobierno, del Presidente, Vicepresidente, Secre-
tario, Vicesecretario, Tesorero, Interventor, Vocales y Secretario General. El capítulo XIV concreta la labor de la Comisión Revisora de Cuentas formada por tres socios elegidos en la Junta General y los capítulos XV, XVI y XVII se referían a los Ingresos e Inversiones, Medios Coercitivos y Liquidación de la Sociedad. Un reglamento que, sin grandes novedades, mantendría la Sociedad a lo largo de un siglo. Se mantenía la base  de la escritura de constitución por la que cada socio tenía un voto, al margen del número de acciones del que fuera propietario.
 
 































































































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