Page 72 - Agua, Tierra y Capital
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esquema se pueden observar gráficamente las peculiaridades del agua de Mar- chena así como su área de influencia.
El reglamento sigue la filosofía de la Acequia Mayor, lo único que llama la atención es el grupo que rubrica el documento, en el que encontramos nom- bres nuevos, vinculados a las oligarquías urbanas, más que a las rurales y a la industria alpargatera, pero también a la propiedad tradicional, localizada en ese margen izquierda y sus partidas de regadío, es decir, Algorós, Matola, Pusol y Derramador -Peña de las Águilas y Llano de San José serán de secano-. La lista de rúbricas aparece encabezada por José Pomares Álamo, Gervasio Torregrosa, Joaquín Sempere, José Díez, Pascual Sánchez y Pascual Maciá.
2.2.2.1.3.3. Enfrentamiento entre la Acequia Mayor y la de Marchen
Contrariamente a lo que hemos podido observar en la Junta general o la de las aguas del pantano, la Acequia Mayor se encontrará dirigida por personas distintas de las que encontramos en la junta de Marchena. El hecho puede ad- vertir que nos hallamos ante intereses distintos, sobre todo si tenemos en cuenta que la calidad y rentabilidad de las tierras irrigadas por la Acequia Mayor es muy superior a la de la margen derecha, en la que incluso predominan los seca- nos. El enfrentamiento surge en 1891, tras la aprobación de las Ordenanzas de la Acequia Mayor.188
El motivo de la discordia será el proyecto de unificación de los dos acue- ductos, que en realidad, y sabiendo del desequilibrio de poder entre ambos, suponía la absorción de la de Marchena por parte de la Acequia Mayor. Dicha oposición será liderada por Mariano Gómez Aznar, que firma la primera alega- ción de la Junta de Marchena en diciembre de 1891.
Años más tarde, volvemos a encontrar un documento sobre la polémica, un artículo titulado “La cuestión de Marchena”. En este caso parece ser que la causa del enfrentamiento entre ambas juntas es la concesión de aguas, en 1900, a favor de las industrias y de un grupo relacionado con ellas que capitanea Luis Cruz Pascual de Bonanza.189
La ausencia de documentos sobre dicha discusión nos impide seguir su ras- tro, pero es evidente que la alegación de Mariano Gómez prospera ya que nunca se unirán las dos acequias. La dialéctica de intereses no solo alcanzará a estos
188 Sig. H 173-5. AHME.
189 “La cuestión de Marchena”, en Gente Nueva, número 27, del 20 de diciembre de 1903. (Sig.
PH-86.AHME).
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